Verás, dani:
Me gustaría decirte que el Derecho es un conjunto de normas, reglamentos y demás resoluciones de carácter permanente y obligatorio, creadas por el Estado para la consevación del orden social. Las nuevas leyes, o la derogación de las vigentes solo puede hacerlas el legilastivo pero siempre respetando el principio de seguridad jurídica que rige para estos casos como premisa fundamental y sagrada: que jamás pueden tener efecto retroactivo.
La ley de Amnistía de 1997 dejaba sin efectos culpatorios todos los actos (abusos, crímenes y demás delitos) que se hubiesen cometido hasta el 15 de julio de 1976 y que tuvieran cualquier tipo de intencionalidad política.
De todo ello ¿qué se deduce en derecho?.
1º- Que si los tiempos o las circunstancias sociales "cambian", como tú apuntas, eso lo más que permitiría sería elaborar una nueva ley que tendría vigencia a partir del día siguiente en que saliera publicada en el BOE, pero jamás, fíjate bien, jamás podría tener efectos retroactivos. Ni en este país ni en ningún otro que respete su Estado de Derecho.
2º- Tu razonamiento de que cuando se legisla la ley de amnistía los delitos cometidos en el franquismo "no estaban considerados como delitos", permíteme que te diga que ello me indica que no te has leído atentamente el texto íntegro de dicha ley, que en su Artículo Primero, apartado I, letra A, dice:
Quedan amnistiados:
Todos los actos de intencionalidad política, cualquiera que fuese su resultado, tipificados como delitos y faltas, realizados con anterioridad al 15 de diciembre de 1976.
dani, eso significa que aunque un acto no estuviese en ese momento tipificado como delito, si posteriormente fuese considerado como tal, también quedaba automáticamente amnistiado al estar incluído en los requisitos de la mencionada amnistía.
Nadie está aquí "amparando" -como tú me planteas- la ley de Amnistía. Porque ninguna ley necesita amparo. Lo único que necesitan las leyes es el debido respeto y acatamiento por parte de sus ciudadanos. Y cuando alguien legítimamente no está de acuerdo con el contenido de algunas de ellas, él único camino que le queda al disconforme es apelar al constitucional y que este se pronuncie. Este es el juego legal en cualquier democracia. Pero lo que nunca puede ningún juez es intentar alterarla desde el poder que le confiere su cargo y su mesa de despacho.
Para terminar este interesante debate contigo, voy a citarte una frase contundente que Garzón deja caer en una entrevista con Pilar Urbano y que después esta procuró recoger en su libro "Garzón, el hombre que veía amanecer", capítulo VIII, pag. 469:
"El riesgo de la justicia humana es que uno puede equivocarse. Cualquier juez sensato está en vilo y sufre por ello. Saben que han puesto en sus manos un poder sobre la libertad, los bienes y la honra de otros. Sí, puedes equivocarte. Pero que nunca te echen en cara que tu error fue... convertir tu voluntad en ley, abusar de tu poder como juez."